En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por la abogada NOHIRIA COLINA PRIMERA en su carácter de apoderada judicial de la firma mercantil MAMMOET VENEZUELA, C.A., mediante diligencias de fechas 12 de febrero de 2015 y 31 de julio de 2014, respectivamente.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria de fecha 29 de julio de 2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la prueba de exhibición de documento; y se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 9 de febrero de 2015, que declaró SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la sociedad mercantil MAMMOET VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES ATLAS FALCON, C.A., ambas decisiones di.....