GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
Tucacas, 10 de Agosto de 2004
194° y 145°
Vista la aclaratoria de sentencia hecha por la abogada ROSA FADUL, apoderada judicial del ciudadano ALFREDO LUIS PIRES, del fallo dictado por este juzgado en fecha 03 de agosto de 2004, SE NIEGA dicha solicitud, por cuanto la mencionada abogada pretende que se revoque o se reforme la sentencia, lo cual le está vedado a este juzgador por mandato del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. Si la abogada Rosal Fadul considera que la decisión dictada por este juzgado incurrió en algún tipo de vicio que lesione sus intereses o los intereses de su representado deberá ejercer los recursos que le otorga la Ley.
El Juez,
Abg. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria,.....