Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Quinto de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRÓRROGA DE LA PRESENTE MEDIDA DE PROTECCIÓN, dictada en fecha: 01-07-05, por éste Tribunal, dicha prorroga se concede por un lapso de ( 02) meses contados a partir del 10-08-07 hasta el 10-10-07, comisionándose para la continuación de su cumplimiento a funcionarios adscritos al Destacamento 42 de la Guardia Nacional acantonados en la Vela de Coro, Estado Falcón decretada en fecha: 14-02-06, dicha medida se decreta a favor de la Ciudadana: ROSA MARIA MORA DE OCANDO, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N ° 4.106.033, residenciada en Mataruca Abajo, diagonal a la entrada del Santuario del Carrizal, casa s/n, color amarrillo, Municipio Colina, Estado Falcón, y en consecuencia ordena remitir comunicación al Ciudadano Comandante de Guardia Nacional Destacamento 42, Comando La Vela de Coro, a fin de INFORMARLE .....