esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la inhibición planteada por el Abogado JOSÉ ANTONIO SALINAS, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto seguido ante esa Instancia Judicial bajo el Nº IP01-P-2018-001723, seguido contra el ciudadano DELVIS LEONEL HURTADO VALLES, la cual planteó con base en lo establecido en el artículo 86 cardinales 4 y 8 del texto penal mencionado.