En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ACUMULACIÓN de las causas signadas con los Números IP01- P- 2008 00001532 y IP01- P- 2008 -00001029, son seguidas en contra del ciudadano Leonardo José Perozo Silva, por los delitos de Violencia Física Agravada, Acoso U Hostigamiento, previsto y sancionado en los artículos 40 y 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la misma Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 66, 70 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal.