DISPOSITIVO
En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. CON LUGAR, la demanda de Cumplimiento de Contrato Verbal de Obra Pública, entre el ciudadano JOSE PULGAR RAMIREZ y RAUL ANTONIO FERNANDEZ NUÑEZ.-
2. Se ordena al demandado RAUL ANTONIO FERNANDEZ NUÑEZ., dar cumplimiento a dicho contrato y cancelar al demandante la CANTIDAD DE ONCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES DE LOS VIEJOS ahora ( B.F. 11.494,69), incluyendo el monto del contrato y los intereses generados.-
3. Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
4. Se ordena dejar copia certificada para el archivo del tribunal.-
5. Se ordena la notificación de las partes.....