este Juzgado de primera Instancia en funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: SENTENCIA al joven adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopnna a cumplir con la sanción de Cuatro meses de Servicios a la comunidad y Ocho meses (08) de Libertada asistida por la comisión del delito del delito de Porte Ilícito de Armas previsto en el articulo 277 de Código Penal y el delito de Resistencia a la autoridad Previsto en el articulo 218 del mencionado código, sancionados de conformidad con lo solicitado por la Representación fiscal en el artículo 625 y 626 de la ley orgánica para la protección del niño niña y del adolescente, en perjuicio del Estado Venezolano