ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA PRIMERO: Se decreta la Medida Privativa de Libertad de conformidad a lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos; 1.- YEFRIS MANUEL VARGAS MIRANDA; Venezolano, edad 28 años, titular de la cédula de identidad V-16.349.929, residenciado en el Parcelamiento Cruz Verde, Calle Isaías Medina, casa Nº 95, color de la casa anaranjado, a dos cuadras del estadio, hijo de Soled Miranda y Julio Vargas; estado cuvil soltero, grado de instrucción Tercer año; oficio Herrero, Coro Estado Falcón; y 2.-EDGAR SEGUNDO HERNANDEZ VALLES; Venezolano, mayor de edad, de 49 años, titular de la cédula de identidad V-7.490.468, residenciado en el Barrio la Cañada, calle Ildemaro Villasmil con Calle Hernández, diagonal a un Ambulatorio, casa color verde, N° 27, Coro estado falcón; grado de instrucción Sexto grado; Hij.....