En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ HUMBERTO GUANIPA VAN GRIEKEN, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 10 de agosto del 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA con distinta motivación la decisión de fecha 4 de agosto del 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede en Santa Ana de Coro, mediante la cual se declaró SIN LUGAR la demanda por NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA interpuesta el ciudadano PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ con el carácter de Presidente de la sociedad mercantil PADIOS, C.A., contra la sociedad mer.....