Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud presentada por la Abogada MARIA ALEJANDRA MACHADO BOHORQUEZ, Defensora Pública Quinta Penal en su condición de Defensora del acusado DIXON JOSÉ MARTÍNEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°-V 16.519.318, con domicilio en el sector Mataruca en la carretera Nacional Morón Coro Municipio Colina del Estado Falcón y, a quien se le sigue causa signada con el Número IJO1-P-2002-000012 por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375 ordinal 1° del Código Penal venezolano en perjuicio del menor IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, imponiéndolo de las medidas cautelares sustitutivas de liberta.....