éste Tribunal Primero de Ejecución en uso de las facultades conferidas decreta ejecutada la Sentencia Condenatoria dictada en contra del Ciudadano Simón Geraldo Añez Pulido. Y así se decide.
En consecuencia, se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo del Sistema Penitenciario del Estado Falcón, a los fines de remitirle anexo copias certificadas del presente cómputo, con el objeto de que le practiquen al penado de marras el informe psico-social correspondiente, por cuanto opta por el Beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Así mismo, se ordena remitir copias certificadas del auto de cómputo de pena y de la sentencia condenatoria que riela a los folios (123 al 132), a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que emitan certificación de antecedentes penales, por lo que se ordena su fotocopiado.
Se ordena notificar al penado para que comparezca ante este Juzgado el día 31 de marzo del 2008 a las 09:30.....