DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓNES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO FALCON EXTENSIÓN PUNTO FIJO, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA EL CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, impuesta al ciudadano ANTHONY JOEL PETIT PINEDA titular de la cédula de identidad N° V- 21.157.975, por la presunta responsabilidad penal de los hechos cometidos, el cual se encuentra debidamente tipificado en el artículo 458 del Código Penal, tipificado como ROBO AGRAVADADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad y los oficios respectivos. Notifíquese a las partes de la presente decisión.- Cúmplase.-