Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra de la empresa ESTRUCTURA ESCALANTE HERMANOS C.A. (ESCA).
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por el ciudadano LUIGGI MENOLAN CALDERON CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.157.157, en contra de la empresa ESTRUCTURA ESCALANTE HERMANOS C.A. (ESCA), por Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se Condena a la empresa ESTRUCTURA ESCALANTE HERMANOS C.A. (ESCA), a cancelar a la parte actora LUIGGI MENOLAN CALDERON CAMACHO, identificada en autos, la cantidad de OCHO MILLONES QUINIENTOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 8.501.924,08), por concepto de Prestacio.....