Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha 2 de Abril del 2012, por la ciudadana Blanca Yelitza Mavarez Romero, con el carácter acreditado en autos, debidamente asistida por la Abogada Miriam Vanesa Rivero Vargas, mediante la cual desiste de la acción de Divorcio, incoada en contra del ciudadano José Luís Vitoria Sangronis, y solicita la devolución del Acta de Matrimonio que corre inserta al folio tres (03), el Tribunal le imparte su homologación al desistimiento formulado, dándole carácter de cosa juzgada de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo desglósese del expediente la copia certificada del Acta de Matrimonio indicado por la diligenciante y devuélvasele como lo solicitara, dejándose en su lugar copia fotostática certificada de la misma, de conformidad con el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil, hecho lo cual archívese el expediente con posterior remisión al Archivo Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Sant.....