Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial del Estado Falcón, Administrando República de Venezuela, acuerda: en el asunto penal signado con números y letras IP01-P-2007-002783, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud del Fiscal del Ministerio Público y CON LUGAR la solicitud de la Defensa, decretando en consecuencia, Medidas Cautelares Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad de las previstas en los numerales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; al ciudadano: SLIM JESUS URBUINA RUIZ, titular de la Cédula de Identidad 11.765.405, nacido en fecha 04/01/1975, trabaja en chofer, domiciliado en la calle Urbanización Las Margaritas, Sector II, vereda 22, casa 19, Municipio Los Taques, Estado Falcón. Por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de: HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el Artículo 453 Ordinal 1° del Código Penal y TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en el artículo 82 o.....