Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Segundo de control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Con lugar la solicitud de entrega interpuesta por el ciudadano: FLORENTINO ISEA REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-1.597732, con domicilio en el Sector El Cuatro, carretera que conduce a la represa, casa S/N de la población de Mene Mauroa, jurisdicción del Municipio mismo nombre Estado Falcón, en su condición de Apoderado Especial de la ciudadana Carmen Modesta Piña de Montoya, titular de la cédula de identidad Nº 1.829935 y del mismo domicilio. SEGUNDO: Se ordena la entrega en guarda y custodia del vehículo signado con las siguientes características: PLACAS: IAA354, CLASE: CAMIONETA, MODELO: F-100, MARCA: FORD, COLOR ANTERIOR: AMARILLO CAVETANA, COLOR ACTUAL: AZUL Y BLANCO, AÑO: 197.....