Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) presentada por los ciudadanos: DANIEL JESÚS ROMERO SAAVEDRA y VARENKA JACINTA SÁNCHEZ REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-17.177.257 y V-18.770.399, respectivamente, residenciados en la Ciudad de Verón, Provincia de Altagracia, República Dominicana; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha: 26/12/2012, según consta en Acta N° 613. SEGUNDO: Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y remítase al Registro Civil Principal y al Regis.....