En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Boris López, en su carácter de apoderado de ANGEL YOEL EIZAGA LINAREZ, contra la sentencia de fecha 22 de abril de 1999, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Tucacas, mediante la cual declaró con lugar la demanda intentada por la ciudadana YAJAIRA MILDRED GUTIERREZ MEDINA contra el apelante y declaró la existencia de la comunidad concubinaria ordenando la partición de los bienes comunes; fallo que se revoca parcialmente.
SEGUNDO: En consecuencia, este Tribunal debe declarar con lugar la existencia de la unión concubinaria de YAJAIRA MILDRED GUTIERREZ MEDINA y ANGEL YOEL EIZAGA LINAREZ y ordena, la partición de los bienes comunes, conforme al procedimiento previsto en el artí.....