PRIMERO: El penado RAFAEL SEGUNDO PETIT, en fecha 21 de Diciembre de 2004, fue condenado por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Penal, a cumplir la pena de Quince (15) meses de Prisión, por los Delitos de Robo Frustrado en la modalidad de Arrebatón y Lesiones Personales Leves, cuya decisión quedó definitivamente firme y se remitió la causa al Tribunal Primero de Ejecución de este Circuito Penal, posteriormente en fecha 01 de Febrero de 2006, fue condenado por el mismo Tribunal Cuarto de Control, a cumplir la pena de Tres (03) años y Cuatro (04) meses de Prisión, por la comisión del delito de ROBO en la modalidad de Arrebatón, previsto y sancionado en el artículo 456 único aparte del Código Penal venezolano, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal. En fecha 10 de Julio de 2007, este Tribunal Segundo de Ejecución, decretó la acumulación de ambas penas, lo cual le quedó en CUATRO (4) AÑOS Y SIETE (7) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, .....