Esta Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, extensión Punto Fijo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la pretensión de separación de cuerpo y bienes incoada por la ciudadana Yuraima del Valle Guerra de Querales, titular de la cédula de identidad n.º V- 9.278.608, asistida jurídicamente por el abogado Jacobo Leen Medina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.º 118.548, en contra del ciudadano Carlos David Querales Valles, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.º 5.585.772, de conformidad con el articulo 188 y 189 del código civil venezolano. En cuanto a las medidas solicitadas, este Tribunal acuerda de conformidad con el artículo 763 del código de procedimiento civil, medida asegurativa del 50% de los beneficios laborales del ciudadano Carlos David Querales. En lo ref.....