En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por los abogados José Amalio Graterol Jatar y Manuel Aniceto Valles, como apoderados del BANCORO, C.A., contra la decisión de fecha 04 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró inadmisible la demanda intimatoria intentada por el apelante contra CONSTRUCCIONES REYFAL, C.A., y el ciudadano JOEL REYES ALCALA, porque aquel no indicó con precisión los montos de dinero objeto de la demanda, lo que produce una inconsistencia entre la cantidad que indica el pagaré y la suma por la cual, el demandante acciona, de conformidad con el ordinal 4º del artículo 34.....