En consecuencia, por los razonamientos anteriormente indicados, a este Juzgador le resulta forzoso declarar SIN LUGAR lo solicitado por la parte accionante y le insta a que señale nueva dirección de la parte demandada a los fines de practicar una notificación efectiva, por lo que se ratifica el auto dictado en fecha 25 de octubre de 2022. Así se establece.