En consecuencia se declara ejecutada la Sentencia, condenatoria dictada en contra del penado DEYVI JOSE MEDINA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.805.088 y residenciado en el sector Los Rosales, casa sin número, Punta Cardón, Estado Falcón, condenado a cumplir la pena de UN (1) Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, en el sitio de reclusión que determine el Tribunal de Ejecución por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, en perjuicio de JESUS ALBERTO PADILLA MEDINA, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, consistentes en la Inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada esta, y así se decide.
Hecho el anterior computo de pena, de conformidad con lo pautado en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la imposición del p.....