En consecuencia y en virtud de las motivaciones que preceden Considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a Derecho es Citar a los precitados penados a efectos de que comparezcan ante este Tribunal en fecha miércoles 13 de marzo del año en curso a las 9:00 horas de la mañana a efectos de que manifiesten si desean acogerse o no a la suspensión condicional de la Ejecución de la Pena y en caso afirmativo consignen en la misma audiencia la oferta de Trabajo. A tal efecto, en virtud que los penados: LUIS ALBERTO BOSCÁN, LEONARDO ANTONIO GONZÁLEZ, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ y MERVIN URDANETA, residen en el Estado Zulia, se acuerda exhortar a un Tribunal Ejecutores de Penas de Maracaibo Estado Zulia que por distribución le corresponda para que practiquen la citación de los penados. Ahora bien, con respecto al ciudadano: DELFÍN SEGUNDO POLANCO, Titular de la Cédula de Identidad N ° V - 05.293.295, 54 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en San José de Seque, en la .....