es por lo que este Juzgado Primero de Control Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley ordena de conformidad con el articulo 617 de Ley Orgánica para la Protección deL Niño y del Adolescente ordena ratificar, Orden de Captura en contra del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , por estar incurso presuntamente en la comisión de uno de los delitos; CONTRA LA PROPIEDAD, y una vez practicada la misma sirvan poner a disposición de este Tribunal al referido adolescente, quien Procederá a fijar una audiencia a fin de escuchar al mismo, y Resolver sobre la Fijación de la Audiencia de preliminar, así mismo se ordena oficiar a la trabajadora Social del Equipo Multidisciplinario que funciona en este Circuito Judicial Penal, a los fines de que se traslade a la dirección, antes descritas con el objeto de realizar informe social al entorno familiar al adolescente, de marras. Cúmplase. Notifíquese a la partes de la siguiente deci.....