Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Único en funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA ABANDONADA LA DEFENSA TÉCNICA de la abogada ZOILA PEREZ en el asunto seguido contra el acusado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , por la comisión del Delito de ROBO AGRAVADO , previsto y sancionado en el artículo 458, del Código penal vigente y Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto del articulo 277 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ANGEL CUSTODIO CONTIN CRASTRO; de conformidad a lo establecido en los articulo 26, 49 ordinal 1° y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 591 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 332 ultimo aparte del Código Orgánico Procesa.....