Por los fundamentos antes expuestos, este juzgador de los Municipios Zamora, Piritu y Tocòpero de la Circunscripciòn Judicial del Estado Falcòn, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA PERENCION DE LA INSTANCIA. Todo con motivo a la Solicitud de Obligaciòn Alimentaria que le sigue la ciudadana: BELKYS RAFAELA CHIRINO GARCIA, en contra del ciudadano: SILFREDO JOSE CUMARE PIÑA.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dèjese copia certificada en el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artìculo 248 del Còdigo de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Zamora, Piritu y Tocòpero de la Circunscripciòn Judicial del Estado Falcòn.
En Puerto Cumarebo, a los doce (12) dìas del mes de julio del año Dos Mil Cuatro (2004).
Años: 194º de la Independencia y 145º de la Federaciòn.
El Juez
Abog. Valmore Villasmil Leòn.
La Secretaria
Virgie Lee .....