PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad, presentado por la ciudadana ABOGADA CAROLINA SOCORRO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.786.450, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el numero No. 28.969, en su carácter de apoderada judicial de la empresa: HIDROLÓGICA DE LOS MEDANOS FALCONIANOS C.A., (HIDROFALCÓN) C.A.) Filial de C.A HIDROVEN, contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por la Inspectora del Trabajo Jefe (E) de la INSPECTORIA DEL TRABAJO ALI PRIMERA DE LOS MUNICIPIOS CARIRUBANA, FALCON Y LOS TAQUES DEL ESTADO FALCON en fecha nueve 09 de enero de 2013, referente a Providencia Administrativa contenida en expediente signado con el Nº 053-2012-01-00303, mediante la cual se declara CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos interpuesta por el ciudadano EDUARDO JOSÉ ULACIO DELGADO, ya identificado, en contra de su representada HIDROLÓGICA DE LOS MEDANOS FALCO.....