Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO LA EXTINCION DE LA ACCIÖN PENAL, por el cumplimiento de la condena al penado: ANTONIO MOISÉS PÉREZ RIVAS, de nacionalidad venezolana, natural de Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.227.626, de veintiséis (26) años de edad, nacido en fecha 01/04/56, de profesión u oficio marino, de estado civil casado, con residencia en el Sector Las calle 5 de Julio Piedras, Casa S/N, Punto Fijo, Estado Falcón, condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS de prisión por el delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de La Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el artículo 43 Ordinal Primero,(refor.....