En fecha 26/09/2012 se dicta auto dandole entrada a el despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 01 folio útil, remitido con Oficio N° 2510-558, de fecha 24/09/2012; relacionado con el Expediente N° 2635-12, librado en el Juicio por INTIMACIÓN por COBRO DE BOLÍVARES intentado por el ciudadano JUAN AMAYA, actuando con el carácter de Presidente de la Instancia de Administración de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES COMUNIDAD CARDON R.L, y en el que se Decretó la Medida Preventiva De Embargo sobre Bienes Muebles propiedad de la parte Demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 10/10/2012 se dicta auto proveyendo la diligencia y pedimento contenido, suscrita por el Abg. JESÚS CELESTINO GONZÁLE.....