este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva acordada a JAIRO JOSE SANGRONIS, de conformidad con lo establecido en el artículo 262, ordinales 1° y 2° de la norma adjetiva penal, en consecuencia; se ordena su reclusión en el Internado Judicial de Coro, una vez lograda su aprehensión. SEGUNDO: Se ordena librar orden de aprehensión al ciudadano JAIRO JOSE SANGRONIS, titular de la Cédula de Identidad No. 9.528.612, quien tiene como residencia la Calle El Sol, con Borregales, casa No. 10 de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón. Librése las boletas correspondientes y remítase la Orden de Aprehensión al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico a los fines correspondientes. Cúmplase.
La Jueza Segundo de Juicio
Dra. Evelyn M. Pérez L. .....