Este TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39 - 152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el (la) ciudadano (a): IRMA ANTONIETA GRANADILLO ROSENDO, falleció Ab-intestato en fecha: EL DÍA 13 DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011), y DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de HIJOS a los ciudadanos (as): YULIANNA KATHERINA GRANADILLO Y LUIS ENRIQUE GRANADILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-17.923.124 y 12.181.155; domiciliados en esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón.