En consecuencia, a la luz de los fundamentos de Hecho y de Derecho anteriormente explanados, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA de la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO (185-A) en el Juzgado de los Municipios Zamora, Píritu y Tocópero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de que proceda a sustanciar la presente solicitud.
Remítase la presente solicitud en su oportunidad legal mediante Oficio al Juzgado antes indicado.