Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra de la empresa MULTISERVICIOS LIBOMAR C.A.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana JASNELIS MILAGROS MUSHART BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.226.048, en contra de la empresa MULTISERVICIOS LIBOMAR C.A, por Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se Condena a la empresa MULTISERVICIOS LIBOMAR C.A, cancelar a la parte actora JASNELIS MILAGROS MUSHART BRACHO, identificada en autos, la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRECIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 353.333,00), por concepto de Prestaciones Sociales. Así se decide.
CUARTO: Se condena a la parte demandada al pago de los intereses de mora.....