Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 140 del Código de Procedimiento Civil y 23 de Ley de Abogados, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: se declara CON LUGAR el juicio por INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, (RESOLUCIÒN DE CONTRATO), siguió el ciudadano GIUSSEPPE GIANNELLI CASTELLI, contra la sociedad mercantil REPRESENTACIONES CHEMICADEL, C.A. sobre un inmueble identificado: oficina distinguida con la letra y número doce raya f (12-F), ubicada en el piso 12° del Edificio Centro Empresarial Los Dos Caminos situado en el lugar denominado Los Dos Caminos, en el ángulo noroeste de la esquina formada por la Calle El Carmen, en jurisdicción Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda..: SEGUNDO: En consecuencia se condena.....