este Tribunal Tercero de Juicio con Sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere Declara: PRIMERO: SIN LUGAR SOLICITUD DE REVISION DE MEDIDA PRESENTADA por la Defensa Pública José Rivero, a favor de su defendido ALEXANDER LOPEZ, a quien le fue ordenado la apertura a juicio oral y público por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano HUGO HUMBERTO MEDINA (OCCISO), todo conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.