Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185, y de la sentencia Nº 1070 de fecha Nueve (09) de Diciembre de 2016, presentada por los ciudadanos: YGNACIO SEGUNDO COELLO Y NOHELIA MARGARITA TOYO SALOM, mayores de edad, casados, ambos venezolanos, cónyuges entre sí, titulares de las cedulas de identidad Nº V-12.175.158 y V-9.507.778, respectivamente, domiciliados en la Urbanización Las Eugenias, V Etapa, Calle 10, Casa Nº E29-12, Parroquia San Antonio, Mun.....