´ Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el presente acuerdo Transaccional Laboral celebrado entre las partes y se le imparte carácter de COSA JUZGADA.
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la presente causa incoada por la ciudadana MARIA JOSEFINA ARCAYA PEREIRA, identificado con la cedula de identidad No. V- 6.723.135., en contra de la entidad de trabajo Sociedad Mercantil PANADERIA Y PASTELERIA LA NUEVA, C. A., por concepto de Prestaciones Sociales.
TERCERO: SE ORDENA EL ARCHIVO DEFINITIVO del expediente, una vez que conste en auto el pago de la totalidad del monto acordado por las partes.´