CAPITULO VI
DISPOSITIVA
Por todo lo antes motivado y debidamente razonado este Tribunal Segundo de Juicio, actuando en éste acto como Tribunal Unipersonal en el Circuito Judicial Penal del estado Falcón en su extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA que encuentra;
.- AL ACUSADO DARMIN ADELIS MEDINA COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.500.193, soltero, de 22 años de edad, nacido en fecha 11-02-85, domiciliado en Barrio 23 de Enero calle democracia, con calle Independencia, casa N° 54 de Punto Fijo, Estado Falcón CULPABLE de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6 en sus numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, por lo que se le Condena a título de autor , a cumplir la pena de 9 años de presidio en el establecimiento penal que a b.....