En el caso bajo estudio, la demanda de intimación es admitida el 18 de Enero de 2010, librándose la boleta de intimación en fecha 22 de Enero, (folio 07 y 08) , y el día 08 de Febrero de 2010, el alguacil de este Tribunal dejo constancia "...que consigna recibo de citación con sus recaudos, que me fueron entregados para citar a la ciudadana : ARCILA FLOR, titular de la cedula de identidad Nº 7.482.788, con domicilio procesal en la calle Monzón, casa Nº 7; el cual fui en tres (03) oportunidades como lo fueron los días : 26/01/10, a las 10:00 am.; 29/01/10, a las 01:30 pm. y el 05/02/10 a las 12:30 pm. no logrando encontrar a la señora en casa...", De manera, que el alguacil se dirigió a la dirección y dejó plena constancia que no pudo citar personalmente al intimado, por lo cual ha quedado agotada la citación personal, que es la regla que garantiza el debido proceso con el llamamiento del demandado que realiza el órgano jurisdiccional, para que tenga conocimiento de la existencia de la.....