Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA Y ORDINARIA incoaran los ciudadanos JOSÉ SALVADOR CAPPADONNA CONIGLIONE y MARGIORY JOSEFINA CAPPADONNA CONIGLIONE, contra los ciudadanos FRANCESCO CAPPADONNA AMATO, CARMELO CAPPADONNA AMATO, AGATINA CAPPADONNA AMATO y CATERINE CAPPADONNA AMATO, ampliamente identificados al inicio de la presente sentencia, DECLARA: CONCLUIDA la presente PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA Y ORDINARIA, con lo cual se deberá proceder a la liquidación de los bienes inmuebles objetos del presente asunto, con arreglo a la partición habida, debiéndose sacar dichos bienes a la venta por subasta pública, una vez declarado firme el presente fallo y que conste en autos la Certificación de Gravámenes, donde se espec.....