Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN extensión Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado LUIS ALBERTO BOSCÁN, Titular de la Cédula de Identidad N ° V- 17.940.114, 26 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, fecha de nacimiento 10-12-1980, residenciado en la Cañada de Urdaneta, calle el taladro, casa s/n de color blanca con celeste, en el Estado Zulia, cerca de de la Recuperadora Virgen del Valle, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal.
A tal efecto, ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Zulia, a los fines de remitirle copia de la presente decisión y que le sea designado DELEGADO DE PRUEBA, al señalado penado, para que lo supervise dura.....