Por recibida y vista la anterior demanda, así como los recaudos acompañados a la misma, incoada por el abogado CARLOS GUILLERMO DOMINGUEZ HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.491, actuando en su carácter de apoderado judicial de EKN-exportkreditnämnden, compañía autorizada por el gobierno Sueco y constituida según las Leyes de Suecia con domicilio en Kungsggatan 36, Estocolmo, quien solicita se trámite por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR INTIMACIÓN, previsto en los artículos 640 al 652 del Código de Procedimiento Civil, contra la sociedad mercantil LYMTEX, C.A., de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo, en fecha 10/02/1958, bajo el N° 25, bajo el N° 10-A; este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley, fundamentada en diecisiete (17) letras de cambio, las cuales son títulos contentivos de una obligación líquida, exigible y de plazo vencido. Por .....