del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de la Defensa. SEGUNDO: La constitución del Tribunal de Juicio en forma UNIPERSONAL, en la causa seguida al ciudadano: EVER EVIGARFI SÁNCHEZ YÁNEZ, en su condición de acusado, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7390877, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 18640325, nacido en fecha 27/12/83 residenciado en el Sector Invasión, detrás de la Bomba PDV, Segunda Calle, Casa sin número, en la población de Tucacas del estado Falcón, procesado por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de: FRANCISCO ESTEBAN SILVA MEDINA y el Estado Venezolano. TERCERO: Se ordena fijar el JUICIO ORAL Y PÚBLICO para el día MIERCOLES 28 D.....