Por los fundamentos y motivaciones anteriormente expuestos, este Juzgado QUINTO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente asunto seguido contra los ciudadanos GABRIEL GUADALUPE COLINA SANGRONIS y LEVIS JOSUÉ COLINA SANGRONIS JIMMI JOSE PIÑA ROJAS, por la comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, todo en conformidad a lo que se contrae el segundo aparte del Artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y notifíquese a las Partes del contenido del presente fallo. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. JENNY OVIOL RIVERO
LA SECRETARIA
ABG. JUANITA SANCHEZ RODRÍQUEZ
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