En consecuencia, este Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ISIDRO DEL CARMEN TEJERA contra el ciudadano LUIS EDUARDO VILLAMIZAR QUINTERO, y con fundamento en lo establecido en los artículos 108, 174 y 219 de la Ley Orgánica del Trabajo, este último en concordancia con el artículo 225 ejusdem, condena al demandado a pagar al demandante la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS ONCE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 1.306.911,20), por concepto de pago de prestaciones sociales que le corresponden por tres (03) años, cuatro (04) meses y dos (02) días de trabajo, de acuerdo a la siguiente liquidación: POR CONCEPTO DE ANTGUEDAD: 45 días, a razón de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) cada uno y 146 días, a razón de TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs......