Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a JOSE ANDRES CHAVEZ ALVARADO, nacido en fecha 27/12/1974, de 38 años de edad, Natural de Coro Estado Falcón, Profesión u Oficio Heladero; residenciado en calle Ángel Crement, casa 26, diagonal al restaurante gaitero club, en la ciudad de coro del Estado Falcón, teléfono de su casa 02682538410, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánico de Droga, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, de conformidad con lo previsto en el .....