Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: El decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado ELI ANTONIO CHIRINOS, antes identificado, y le impone de la medida cautelar sustitutiva en las modalidades establecidas en los numerales 3°, 4° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en la forma en que se explica ut supra, contra quién se sigue el presente expediente por la presunta comisión del delito de Violación en acción continuada tipificado en el artículo 374 concordado a lo establecido en el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de la niña Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna . Y una vez satisfechos los requisitos establecidos en el presente auto conforme al numeral 8º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, se expe.....