DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esteJuzgado Décimo Cuarto De Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas con Competencia Nacional en Extinción de Dominio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por PRESCRIPCIÒN ADQUISITIVA, interpuesta por la ciudadana ZULMA ANTONIETA ARRAEZ DE BERTOLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.274.156.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en el presente recurso, dada la naturaleza de la decisión.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho delJuzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia Nacional en Extinción de Dominio, a l.....