DISPOSITIVA
Por todo lo antes motivado y debidamente razonado este Tribunal Segundo de Juicio, actuando en éste acto como Tribunal Mixto en el Circuito Judicial Penal del estado Falcón en su extensión Punto Fijo, en forma UNANIME Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA que encuentra;
.- AL ACUSADO Héctor José Morles Medina, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal, titular de la Cédula de Identidad N° 12.789.048, de 30 años de edad, nacido en fecha 20-06-76, de estado civil soltero, alfabeto, de profesión u oficio Mecánico, Hijo de Rodrigo Morles y Petra Medina de Morles, residenciado en la Urbanización Antiguo Aeropuerto, Sector Nº 1, Calle 16, Vereda N° 35, Casa N° 2, cerca de la Casa de la Cultura, Casa Comunal, Punto Fijo, Estado Falcón CULPABLE de la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 en relación.....